¿Estás interesado en abrir tu propio restaurante? Queremos ayudarte para que vayas informándote sobre detalles de la legislación vigente.

Existen varias denominaciones para los locales de restauración, debes elegir cuál se adapta mejor a tu idea:

  • Restaurante.
  • Cafetería.
  • Bar.
  • Salón de Banquetes.

Estos están regulados a nivel estatal, pero son las comunidades autónomas las que tienen las competencias para legislar y supervisar el desarrollo de la actividad.

Trámites a realizar

Sabemos que los trámites que tendrás que llevar a cabo para poder para abrir tu local pueden llegar a ser un poco engorrosos, por eso queremos orientarte. Aquí tienes las entidades a las que te tienes que dirigir para según qué trámite. 

Ayuntamiento

  • Presentar el proyecto técnico del local. 
  • Solicitar de la licencia de apertura.
  • Solicitar un permiso para la vía pública si quieres tener terraza en tu local.

Comunidad Autónoma

  • Inscribir la empresa en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
  • Obtener la placa identificativa del local y colocarla en un lugar visible.
  • Tener hojas de reclamaciones registradas en el Área de Consumo de la Comunidad Autónoma donde vayas a realizar tu actividad.
  • Autorización Sanitaria.
  • Plan de análisis de peligros y puntos de control críticos.
  • Cartas y listas de precios disponibles para todos los clientes.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.

Agencia Tributaria

  • Declaración de Alta de Inicio de Actividad.

 Seguridad Social

  • Alta de Empresa en la Seguridad Social.
  • Alta de Autónomo.
  • Alta de Centro de Trabajo.
  • Calendario Laboral.
  • Evaluación de riesgos y plan de prevención de riesgos laborales
  • Libro de Visitas.
  • Seguro de Accidentes.

Agencia de Protección de Datos

  • Declaración de datos personales de los trabajadores.
  • Declaración de datos personales de proveedores y clientes.
  • Documento de seguridad si los datos se almacenan en un ordenador propio.
  • S.G.A.E.
  • Alta en entidades que gestionen derecho de autor, para poder poner música, radio y televisión en el local.

Carteles Obligatorios

  • Horario de apertura y cierre.
  • Prohibido el consumo y venta de bebidas alcohólicas a menores.
  • Prohibido dispensar tabaco a menores.
  • Prohibido fumar en el establecimiento.
  • Licencia de apertura.
  • Libro de hojas de reclamaciones. 
  • Aforo del local.

Claves para la Licencia de Actividad

Para ejercer la actividad, tienes que tener el visto bueno de la Administración Local y cumplir con las normas de seguridad, sanitaria y medioambiental. No olvides que la hostelería requiere de una supervisión en aspectos como la contaminación acústica, residuos, higiene, etc. 

Por eso, te recomendamos verificar en qué estado se encuentra la licencia de actividad de un local antes de firmar el alquiler y que consultes a un experto para que te dé un asesoramiento 100% especializado.

Fuentes:

Guías Jurídicas

Consumoteca

Grupo2000